Guía básica de implantación de Compra Pública Verde en municipios

Guía publicada por la sociedad pública Ihobe del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco

Con el siguiente documento, no se pretende establecer criterios técnicos sino aportar directrices básicas para asegurar que el personal municipal responsable de compras y contrataciones, sepa qué y cómo introducir cláusulas ambientales en estos procesos.

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La administración pública y la Responsabilidad Social Corporativa

En muchas ocasiones, las Pymes consideran que los temas de RSC son más bien propios de grandes corporaciones con departamentos dedicados y, dicho sea de paso, no siempre son vistos con buenos ojos ni gozan de la credibilidad suficiente. Las administraciones públicas, por su gran capacidad de acceso a las Pymes, pueden y deben convertirse en los grandes “empujadores” de la aplicación de estas estrategias, mediante la inclusión de criterios ambientales y sociales en sus contratos de suministro. En particular, se debería exigir a los proveedores estar comprometidos con la gestión medioambientalmente responsable mediante el uso de sistemas de gestión homologados, tipo ISO 14001 o EMAS, la adhesión a los Principios del Pacto Mundial de Naciones Unidas, u otros. En otro orden de cosas y en igualdad de otras condiciones, como calidad o precio, naturalmente, favorecer las compras a los proveedores locales. La calidad y el precio son dos condicionantes medioambientalmente muy relevantes pues tienen que ver con la eficacia uno y con la eficiencia el otro, en la asignación de recursos.

En esta línea, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado recientemente la creación del distintivo de Empresa Socialmente Responsable, mediante lo cual pretende otorgar un valor añadido al esfuerzo que las empresas madrileñas hacen a favor de su entorno y de las personas, promoviendo la adopción voluntaria de políticas de RSC en cualesquiera de sus dimensiones, social, económica y/o medioambiental.

Podrán obtener el distintivo de Empresa Socialmente Responsable de la Comunidad de Madrid empresas de cualquier tamaño y actividad, incluidos los trabajadores autónomos que, teniendo su sede social o desarrollando su actividad en el territorio de la Comunidad, reúnan las condiciones y requisitos previstos en el decreto.

Esta iniciativa de la Comunidad de Madrid está alineada con la opinión de tantos y tantos expertos en el área, de que la aplicación de políticas y criterios de RSC es conditio sine qua non para el éxito de las organizaciones en el medio plazo, puesto que cada vez son más los consumidores de los productos y servicios, en último término, los ciudadanos, que exigen que las mismas obtengan y compartan beneficios, no sólo financieros.

La Responsabilidad Social Corporativa y la administración pública

Hace poco más de un año, la Comisión Europea invitó a todas las partes interesadas a dar su opinión sobre cómo mejorar las políticas de la Unión Europea en materia de consumo y producción sostenibles en varios ámbitos, principalmente relacionados con el medio ambiente, con el fin de aportar observaciones específicas sobre diversos aspectos y, en último término, satisfacer las necesidades de dichas partes interesadas, manteniendo el mismo nivel de bienestar en el futuro y asegurando la sostenibilidad a largo plazo.

En muchas ocasiones, las PYMEs piensan que estos temas son más bien propios de grandes corporaciones con departamentos dedicados a estos aspectos y, dicho sea de paso, no siempre gozan de la credibilidad suficiente.

Sin embargo la situación cambia radicalmente si la aplicación de políticas de RSC está primada por parte de los clientes, por ejemplo, a la hora de realizar compras o adjudicar contratos de suministro. Este hecho adquiere particular relevancia en el caso de que el cliente sea una administración pública, porque suelen tener una capacidad de acceso a las PYMEs muy grande, lo que las convierte en los grandes “empujadores” de la aplicación de estas estrategias. De hecho, cada vez son más las administraciones públicas españolas que incluyen en sus condicionados la incorporación de criterios medioambientales y sociales a sus compras y contrataciones.

Al hilo de la “encuesta” de la CE, se realizan a continuación algunos comentarios sobre los aspectos más relevantes, entre los que se incluyen algunos relacionados con las AAPP y la contratación responsable.

Políticas de diseño de productos, reciclado y gestión de residuos

Diseño de productos en el sentido de mejorar su eficiencia y rendimiento energéticos. En el caso de productos que no consuman energía, se trata de que se tenga en consideración la energía necesaria para su producción, o la energía necesaria para su eliminación o reciclado. Hay que tener presente que algunos productos pueden influir en el consumo energético, en función de su diseño, una ventana por ejemplo.

Gravar los productos medioambientalmente menos favorecidos, siguiendo el principio de «quien contamina, paga» y, por el contrario, fomentar a nivel impositivo los productos más avanzados medioambientalmente, por ejemplo los que incorporen mayor proporción de materiales reciclados en su composición. Análogamente, fomentar los productos cuyo reciclado o gestión resulten más económicos.

Establecer procedimientos de auditoría y control a fin de comprobar el efectivo reciclado de productos, y la correcta gestión de sus residuos.

Establecimiento de mínimos en el contenido de material reciclado para determinados artículos (automóviles, materiales de plástico,…)

Contratación pública ecológica y estímulo a los organismos públicos a preferir soluciones respetuosas con el medio ambiente

Un aspecto fundamental para incorporar aspectos ecológicos a la adjudicación de contratos públicos es respetar los principios de no discriminación y transparencia. No discriminación, en el sentido de no tener preferencias a priori por ningún proveedor en particular, y transparencia en el sentido de proporcionar la información relevante a todos los proveedores que pueden optar a un concurso.

En general, los pliegos de condiciones deberían incluir siempre criterios ambientales y sociales. En particular, se debería exigir a los proveedores estar comprometidos con la gestión medioambientalmente responsable mediante el uso de sistemas de gestión homologados, tipo ISO 14001 o EMAS, o la adhesión a los Principios del Pacto Mundial de Naciones Unidas, u otros.

En igualdad de otras condiciones, como calidad o precio, naturalmente, favorecer las compras a los proveedores locales. La calidad y el precio son dos condicionantes medioambientalmente muy relevantes pues tienen que ver con la eficacia uno y con la eficiencia el otro, en la asignación de recursos.

Medidas de mejora del comportamiento medioambiental de los productos

Evaluación mediante el análisis del ciclo de vida y análisis de la huella de carbono. Una vez más es importante evaluar los impactos ambientales de un producto o servicio «desde la cuna hasta la tumba». Lo que no se mide no se puede cambiar, por lo que esta evaluación se hace imprescindible.

Acciones para mejorar el comportamiento medioambiental de las organizaciones. Acciones de información al consumidor, con el fin de aumentar la demanda de bienes y servicios ecológicamente eficientes

Promoción de la etiqueta ecológica, que asegure que un producto se ha fabricado siguiendo ciertos estándares aceptados de eficiencia ecológica.

Promoción de cualesquiera otros sistemas de información creíble y accesible (bases de datos,…)

Promoción del etiquetado de eficiencia energética.

Identificación y penalización de empresas que utilicen el efecto greenwashing (maquillar un producto con la pátina de “ecológico”, sin que ello responda a la realidad) para la promoción de sus productos o servicios.

Obligación de la realización de auditorías ambientales, por parte de organizaciones terceras, y publicación de los resultados.